TERMINOS Y CONDICIONES ( AÑO ESCOLAR)
PRIMERO: SERVICIO DE JARDÍN INFANTIL, PRE-SCHOOL.
El Jardín Infantil KANGAROO HOUSE SPA, se compromete a impartir el cuidado y enseñanza de los niños y niñas dependientes de nuestras aulas, con la mayor eficiencia, contando con un “Proyecto Educativo Institucional” y un “Reglamento Interno para Padres y Apoderados”, basados en el profundo compromiso con la educación, el cuidado y la felicidad de nuestros niños. Este reglamento interno será enviado junto con el ingreso, snacks, plan anual y fechas importantes previo al ingreso.
SEGUNDO: OBLIGACIONES DEL JARDÍN INFANTIL. –
El Jardín Infantil KANGAROO HOUSE SPA, de acuerdo con su proyecto e identidad educativa, se compromete a:
1. Impartir el cuidado de los niños y niñas dependientes de nuestras aulas, con la mayor y debida diligencia y preocupación, acorde a un establecimiento de Jardín Infantil.
2. Promover una educación y formación integral de los niños y niñas en etapa preescolar, que libere, personalice, y que forme niños y niñas capaces de convivir y jugar, y capaces de vivir de manera sana y alegre, la etapa de paso de la casa al jardín.
3. Respetar los procesos y ritmos individuales de cada niño y niña, incentivando a la formación de principios y valores, respetando creencias e ideologías y basando nuestro trabajo diario en el amor y respeto a sí mismo y hacia el prójimo.
4. Difundir el contenido de los documentos “Proyecto Educativo Institucional”, y “Reglamento Interno para padres y apoderados” del establecimiento y a velar por su cumplimiento.
5. Exigir a los profesionales de la Educación Parvularia, el cumplimiento de los planes y programas correspondientes al curso en que se matriculan los niños y niñas.
6. Promover actividades extraprogramáticas que estimulen el desarrollo físico, intelectual y espiritual de los niños y niñas, mediante diversos talleres recreativos, educacionales y de crecimiento.
TERCERO: OBLIGACIONES DE LOS PADRES Y APODERADOS. –
El Apoderado se obliga a:
1. Aceptar y respetar los principios que inspiran el proyecto educativo del Jardín Infantil KANGAROO HOUSE SPA Pre-School.
2. Participar activamente en el proceso educacional de su pupilo/a(s), colaborando en la labor de las profesionales de la educación parvularia, asistiendo a reuniones de curso, citaciones y/o entrevistas.
3. Respetar los términos y condiciones de los contratos suscritos por el Jardín Infantil.
4. Asumir los costos de atención o tratamientos médicos de carácter permanente que el pupilo requiera durante la jornada escolar.
5. Pagar al momento de firmar este contrato el valor correspondiente a la matrícula, pago que, una vez hecho efectivo, no será reembolsado bajo ninguna circunstancia.
6. Pagar el valor de la colegiatura anual indicada para el año correspondiente, el cual se podrá efectuar hasta en 10 cuotas, cheques, contado, pagaré o webpay, según disponga el Jardín Infantil al momento de la celebración de este contrato, conforme a lo que se detallará en una cláusula posterior.
7. Aceptar protocolo de enfermedades, donde se da a conocer pasos a seguir ante determinadas enfermedades o condiciones que presenten los niños(a) durante su estadía diaria en el jardín.
8. Tener conocimiento y aceptar el calendario anual, donde salen estipuladas las fechas en las cuales el jardín se encontrará cerrado, ya sea por vacaciones del equipo educativo, así como también feriados.
CUARTO: DE LOS DERECHOS Y DEBERES. –
Los padres, madres y apoderados tienen derecho a:
1. Ser informados del proceso educativo de sus hijos, en conjunto con la evolución del niño o niña, además de su proceso de sociabilización.
2. Ser informados del funcionamiento del establecimiento.
3. Ser escuchados.
4. Participar del proceso educativo y de desarrollo de los niños y niñas, en el ámbito que les corresponda, en conformidad a la normativa interna del establecimiento.
Son deberes de los padres, madres y apoderados:
1. Educar a sus hijos e informarse sobre el Proyecto Educativo Institucional.
2. Respetar la normativa interna ( reglamente interno) del establecimiento.
3. Asistir a las reuniones de padres y apoderados.
4. Brindar trato respetuoso a todos los integrantes de la Comunidad Educativa del Jardín Infantil KANGAROO HOUSE SPA ( anexo ley Karin).
5. En caso de inasistencia prolongada del menor, el padre, madre o apoderado, deberá informar al Jardín a través de un certificado médico, o exponer las razones justificadas.
QUINTA: MATRÍCULA Y ARANCEL. –
El apoderado se obliga a pagar:
5.1. Matrícula: Pago no reembolsable que realiza el apoderado, una vez al año durante el período de matrícula y que permite la continuidad del niño o niña, para el año siguiente. El valor de la matrícula corresponde a un valor que se fija año a año.-, pagaderos una vez al año en una sola cuota, y se informa oportunamente. Desde Agosto, se considera la matrícula con un valor proporcional.
5.2. Arancel: Pago anual por el servicio educativo parvulario contratado. El valor del arancel PUEDE SER PAGADO EN 10 CHEQUES O 10 CUOTAS SIN INTERES CON TARJETA DE CREDITO. El monto del arancel corresponde al valor de la mensualidad según la jornada contratada. También existe el pago de anualidad, con 10% de descuento en el arancel. Si el apoderado no tiene cheques,o tarjeta deberá firmar pagaré. Todos los pagos y cheques y formalidades deben de quedar listos juntos con la matrícula. La fecha tope de pago es el 5 de cada mes, teniendo una multa de $10.000 por día de atraso.
5.3. En caso de inasistencia del niño o niña, se debe pagar la mensualidad completa que corresponde, es decir, los días en los que el menor se ausente, no serán descontados. En caso de inasistencia prolongada, deberá informar al Jardín como se señala en la cláusula precedente, debiendo cancelar de igual manera, los meses que no asistió el niño al Jardín, de lo contrario se le cancelará la matrícula, y si se desea reintegrar al menor, el padre, madre o apoderado, deberá matricularlo nuevamente.
5.4. En caso de retiro voluntario del niño o niña, deberá dar aviso con 60 días de anticipación. En caso contrario la mensualidad siguiente será cobrada y se reserva el derecho de presentar a cobro la totalidad de los documentos o cobrar pagaré.
5.5. En caso de retiro voluntario del niño o niño, y el apoderado género pago anual: se cobrará la mensualidad siguiente al mes de aviso. La devolución de los meses siguientes será pactada en tres pagos menos un 40% de multa.
En caso de pago de 10 meses con tarjeta: se cobrará la mensualidad siguiente al mes de aviso. La devolución de los meses siguientes será pactada en 3 pagos menos un 40% de multa.
5.6 Para las cláusulas 5.4 y 5.5; se considera como fecha tope de aviso el 11 de cada mes; es decir; que si se avisa después del 11 de cada mes, se considerará el día 1 del mes siguiente, el inicio del aviso de retiro de los 60 días.
5.7. En temporada de vacaciones de invierno y de verano u otras, en caso de inasistencia del niño o niña, ya sea por orden pediátrica, se deberá pagar el arancel mensual completo. Existirán opciones alternativas de Wintercamp con un pago extra con cupos limitados.
5.8 En caso que el apoderado decida, o solicite al Jardin Infantil, un cambio en la jornada; deberá ser informada con al menos 1 mes de anticipación; siendo como fecha tope el 11 de cada mes; es decir; que si se avisa después del 11 de cada mes, se considerará el mes subsiguiente el cambio de jornada.
5.9 En caso de desistimiento de matrícula, el apoderado deberá comunicarlo por escrito al Jardín Infantil y para el caso que ésta se efectúe entre el día 1 de enero y el 1 de febrero del año en que se prestará el servicio educacional, dejará subsistente la obligación de pagar el 50% (cincuenta por ciento) del valor total de la colegiatura para ese año de cada hijo o pupilo cuya matrícula se desista. Si se desiste de manera posterior a esta fecha NO EXISTE devolución de matrícula.
SEXTO:INCUMPLIMIENTO DEL PAGO. –
El incumplimiento de la obligación establecida en la cláusulas anteriores (5) dará derecho al establecimiento a poner término al presente contrato, y se procederá a cobrar la totalidad de sus cheques, o cobranza de pagaré.
SEPTIMO: COPIA EJEMPLAR. –
Queda un ejemplar del presente Contrato, copia fiel del original, en poder del Apoderado, firmado por éste; y otro en poder del Jardín Infantil KANGAROO HOUSE SPA, en señal de acuerdo con lo expuesto. El apoderado declara haber recibido copia del reglamento del jardín Infantil, el cual forma parte integrante del presente contrato para todos los efectos legales.
OCTAVO: El presente contrato comenzará a regir a contar de la fecha de su suscripción y será de plazo fijo, con duración por el año escolar correspondiente, y susceptible de renovación de acuerdo con lo establecido en el presente contrato.
NOVENO Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Como constancia de conformidad con el contenido de las cláusulas que anteceden, firman a continuación las partes.
Términos y condiciones: No existe ningún tipo de devolución de matrícula
– El aviso de retiro del niño debe ser con 60 días de anticipación.
– Forma de pago: Se debe dejar documentado con cheques el año completo, o pagar 6 meses mínimo con tarjeta de crédito, anualidad, o de hacer transferencia electrónica, se debe firmar pagare en recepción.
– El retiro anticipado, al estar pagado con tarjeta de crédito, se considera un 40% de multa, ademas de que puede ser pactada la devolución hasta en 3 cuotas.
– Kangaroo House, no se hace responsable por perdidas de juguetes, o artículos personales del niño.
